lunes, octubre 19, 2009

Ley de Entidades financieras ¿Una bolsa de gatos?

A pedido del Ojo con Dientes, algunos comentarios desordenados sobre la Ley de Entidades Financieras (LEF) sobre la cual se habla sin hablar desde hace un tiempo. Aclaro que mucho de lo aquí escrito se basa en especulaciones y golpea a un muñeco de paja, porque no está claro todavía a donde se apunta con la propuesta de reforma.

Empiezo por el final. Creo que de plantear el Gobierno el debate de la LEF como una batalla épica como sucedió con la Ley de Medios se estaría cometiendo un tremendo error, no sólo político sino económico. El error, creo, estaría en tratar de meter demasiados gatos en la misma bolsa. En perder la oportunidad de mejorar las partes por plantear una lucha a muerte por el todo. En tirar el bebe con el agua sucia.

Voy por partes

¿Qué hizo la Ley de Entidades financieras?

El Decreto-ley 21.526/77 de Martinez de Hoz (modificada 16 veces desde 1977, la última en 2006) reemplaza la primera Ley de Entidades (DL 18.061/69) que ocho años antes había promulgado Adalbert Krieger Vasena. De manera muy resumida, la LEF legisla sobre algo muy específico: convierte un sistema de bancos especializados en uno universal. ¿Qué significa eso?

Hasta ese momento el sistema financiero funcionaba con compartimentos estancos. Existían diversos tipos de instituciones financieras (Bancos comerciales, Bancos de Inversión, Bancos Hipotecarios, Compañías financieras, Cajas de Crédito, Soc. de Ahorro, Cooperativas de crédito, etc) que tenían acotados el set de operaciones que podían realizar con el objetivo de que exista consistencia entre su fuente de financiamiento (sus pasivos) y los créditos otorgados (sus activos).

Los bancos comerciales, por ejemplo, podían tomar depósitos minoristas de las personas (de corto plazo) y dar sólo créditos de corto plazo, de manera tal que una fuga de depósitos no descalce a los bancos. Los bancos de inversión podían dar créditos largos, pero financiadas emitiendo bonos, letras u otros instrumentos en el mercado. Los bancos hipotecarios podían dar créditos idem, pero solo financiándose con emisión de cedulas (como las que ahora ofrece el Banco Hipotecario).

Existían también restricciones en términos geográficos. Un banco comercial, por ejemplo, sólo podía dar créditos en las localidades en las cuales recibía los depósitos. No existían, strictu sensu, entidades financieras nacionales. Si el banco Patagonia quería financiarse con plata de los porteños, debía pedirle un préstamo al Banco Ciudad porque estaba imposibilitado de poner su sucursal en Diagonal y Peru para captar los depósitos directamente.

El Decreto-Ley de Martinez de Hoz modifica esta situación creando la figura del Banco Comercial universal, equivalente a lo que en 1999 sucedió en USA con la derogación de la “Glass-Steagal Act” y asimilando la estructura financiera argentina a la europea. Dice su artículo 21

“Los bancos comerciales podrán realizar todas las operaciones activas, pasivas y de servicios que no les sean prohibidas por la presente Ley o por las normas que con sentido objetivo dicte el Banco Central de la República Argentina en ejercicio de sus facultades.”

Se liberan también las restricciones geográficas, permitiendo a las entidades financieras competir en todo el ámbito nacional. Para las demás instituciones financieras, la Ley mantiene las limitaciones en las operatorias, asimetría que llevo a que muchas instituciones financieras tuvieran incentivos a convertirse en bancos comerciales (entre ellas, centenares de cooperativas).

Así, el espíritu de la LEF es convertir una banca especializada en una banca universal. El banco comercial puede hacer todo lo que el BCRA no le prohíba. Stop

Sin embargo, más interesante que entender las cosas sobre la cual la LEF si legisla es entender los aspectos que no legisla.

La LEF no fue la que desestatizó el sistema financiero (que fue nacionalizado durante los tres gobiernos peronistas). No fue la LEF la que abrió la Cuenta Capital. La LEF no liberalizó las tasas de interés (que fueron liberalizadas casi un año antes). La LEF no exime al pago de ganancias por las rentas financieras ni derogo el impuesto a la herencia. La LEF no prohíbe ni restringe las políticas de crédito a las pymes. La ley no privatizó la banca pública, ni impide la aparición de una banca de desarrollo estatal.

Muchas de estas medidas ni siquiera son legisladas a partir de leyes sino que son prerrogativas del Banco Central, como la posibilidad de regular las tasas de interés o influir en la asignación del crédito. Si en pos de plantear una batalla épica contra la LEF (amparándose nuevamente en la Ley de Godwin) se plantea el debate como un todo, se estarían empaquetando medidas completamente heterogeneas.

No hay, desde lo económico, ninguna necesidad de asociar la regulación de la tasa de interés o de los spreads bancarios con la creación de un banco de desarrollo. No hay razón para que la decisión de gravar la renta financiera deba tomarse en conjunto con la potestad de las cooperativas de tomar depósitos en cuenta corriente. Puede debatirse si las Pymes merecen un tratamiento crediticio especial (en simultaneo, obviamente, con el debate sobre la regulación para evitar que eso se convierta en un sub-prime argentino) sin necesidad de votar en el mismo momento si los encajes deben ser del 10%, 50% o 100%.

¿Me explico?

Vamos por partes ¿Quieren analizar individualmente medidas de política económica para mejorar el funcionamiento del sistema financiero? Eso vale. Ahí me prendo ¿Quieren embolsar gatos planteando el debate como una batalla final a todo o nada contra el crimen organizado? Ahí paso, o, mejor dicho, ahí voy poniéndole tapones a los botines.

Atte

Ele

10 comentarios:

El del 0.33% dijo...

Bueno Ele, no te pongas mal. Hacemos 200 leyes distintas para tratar los 200 temas y listo.

En vez de hacerlo como la Ley de medios que incluye en la misma 200 temas, cambiamos el modo de hacer leyes y listo, discutimos 200 Leyes en el senado y el congreso, una por una.

¿Mejor?

Musgrave dijo...

Ele, Axel L. viene diciendo hace rato que el problema del sistema fciero yanqui se explica en la creación de la banca universal, idem para la crisis bancaria de Japón.

Segun usted, se necesita volver para atrás o no?

Luciano Cohan (Elemaco) dijo...

0.33% no me tome el pelo eh eh !!

Mus: el debate allá es total y completamente distinto del nuestro. Allá el debate es si la banca universal mal regulada no puede inducir al sistema financiero a asumir un riesgo sistémico demasiado elevado.

Está de moda el analisis de redes y el estudio de cuanto favorece o perjudica la conectividad a la fortaleza del sistema financiero.

Acá la historieta y las motivaciones son completamente distintas. Incluso lei a Heller plantear como una crítica que actualmente los bancos tienen demasiada liquidez. ¿Me explico? Heller ha sostenido explicitamente que en la peor crisis financiera en los últimos 80 años, que nuestro SF superó holgadamente es malo que lo bancos esten liquidos y no hayan expuesto sus carteras al riesgo.

Como si el rol de los reguladores a nivel mundial sea evitar que el sistema financiero sea conservador!

Musgrave dijo...

Ele, porque no empezás a discutir las sugerencias que 0.33% hizo hace un par de días en FP?

Por tu respuesta anterior veo que no sabés lo que pensamos en FP de la propuesta de Heller.

El del 0.33% dijo...

Ele no te tomo el pelo. Lo que te intento transmitir es que no está mal hacer una ley que regule todo lo que haya que regular y deje inalterado todo lo que está bien.

Andrés el Viejo dijo...

Elemaco: hay algo que no entiendo. Usted cierra diciendo que saldrá con los tapones de punta. No tengo nada en contra de salir con los tapones de punta; suelo hacerlo. Pero creo que vale la pena cuando se trata de cosas de fondo. Usted lo anuncia sobre una cuestión de forma.
Lo del 0,33% acierta justo en eso. Si se va a cambiar una ley que rige al sistema financiero, las disposiciones de la nueva ley pueden reformar las disposiciones de la actual, omitir cuestiones que la actual incluye e incluir cuestiones que la actual omite. ¿Cuál es el problema? ¿Por qué hacer varias leyes sobre distintos aspectos del mismo sistema financiero?
Entiendo que salga con los tapones de punta (cuando se conozca el proyecto) contra tal o cual punto que le parezca mal. Pero, ¿por qué hacerlo si nada le pareciera mal, sólo porque se trate de una ley ómnibus?
Saludos

Natalio Ruiz dijo...

Ele

Estoy de acuerdo en general. Pregunto: ¿Algunas de esas medidas no las podría tomar directamente el BCRA? Si es así, ¿por qué no lo hace? ¿Es realmente necesaria una ley?

Otra pregunta: ¿existe alguna relación entra la LEF y la CO del BCRA? Dicho de otro modo, ¿reformular una implica reformular la otra? (no es que me preocupe tanto tampoco, en estos años ya se ha retocado varias veces)

Saludos

el ojo con dientes dijo...

Lo primero: muchísimas gracias Ele por el trabajo tomado. Ahora voy a leer la nota con tranquilidad pero ante todo quería agradecerle.

el ojo con dientes dijo...

Bien, muy buena la nota Ele, sustanciosa y con mucho material. Entiendo su postura final: no hace falta una mega ley para mejorar las políticas económicas en favor de los que menos tienen. Eso creí entender, ¿me equivoco?
Muchísimas gracias por desburrarnos un poco.

Anónimo dijo...

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